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Tribunal Supremo anula sanción tributaria basada en indicios tras absolución penal

El Tribunal Supremo ha establecido un importante precedente en el ámbito del derecho tributario al anular una sanción tributaria que había sido impuesta a un contribuyente. Este contribuyente había sido penalizado en el contexto administrativo tras una exhaustiva inspección realizada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). La sanción en cuestión se fundamentaba en indicios que sugerían una posible falsedad documental en las facturas presentadas, pero esta decisión se vio seriamente cuestionada tras la absolución penal de un tercero que estaba implicado en el caso.

El caso se originó en el marco de una revisión fiscal que abarcó los ejercicios económicos desde 2011 hasta 2014. Durante este periodo, la AEAT detectó la existencia de facturas que habían sido emitidas a nombre de un proveedor que estaba vinculado a la sociedad del contribuyente. Según la interpretación de la AEAT, los pagos que se realizaban regresaban al contribuyente y a su esposa, quienes, según la normativa vigente, debían tributar estos ingresos como rendimientos de capital mobiliario en su declaración de la renta. Sin embargo, en un proceso penal paralelo, el proveedor fue finalmente absuelto, argumentándose que, aunque no se había declarado el volumen de ingresos correcto, existía una actividad comercial real. A pesar de esta absolución, la AEAT decidió mantener la sanción, lo que llevó al contribuyente a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo en busca de justicia.

Principios jurídicos en la decisión del Supremo

El Tribunal Supremo, en su fallo, decidió mantener la liquidación tributaria que se había realizado, pero anular la sanción impuesta, basándose en tres fundamentos principales que son cruciales para entender la lógica detrás de su decisión:

La culpabilidad en materia tributaria

La Ley General Tributaria, en su artículo 179, establece de manera clara que cualquier sanción que se imponga debe estar basada en una prueba contundente de culpabilidad. En este caso particular, la AEAT fundamentó su sanción en lo que se conoce como una doble presunción, es decir, una cadena de indicios que carecían de pruebas concluyentes. Esto no garantiza el nivel de certeza que es necesario para justificar una sanción. La sentencia penal absolutoria del proveedor desvirtuaba los fundamentos de los indicios utilizados por la AEAT, ya que confirmaba que existía una actividad comercial, aunque esta fuera de menor escala, y generaba dudas razonables que invalidaban la certeza de la culpabilidad del contribuyente.

El fallo también recuerda que, aunque en el ámbito tributario se admiten las pruebas indiciarias, estas deben cumplir con altos estándares de fundamentación y estar basadas en hechos probados, lo cual no se logró en este caso específico. El Tribunal Supremo enfatizó que la AEAT había construido su sanción sobre presunciones que no habían sido probadas de manera concluyente, lo que impidió que se pudiera imponer una sanción bajo estos términos.

Influencia de la jurisdicción penal en la contencioso-administrativa

Aunque la jurisdicción contencioso-administrativa no está completamente supeditada a las resoluciones de la jurisdicción penal, el Tribunal Supremo destaca que una absolución penal que cuestiona los fundamentos de un caso administrativo genera suficientes dudas como para anular una sanción tributaria que se basa únicamente en indicios. En este sentido, el Supremo se refiere a la doctrina de vinculacion relativa, que aplica la lógica penal a la administrativa cuando el fallo en vía penal afecta a los mismos hechos que se están considerando en el ámbito administrativo.

Por otro lado, el Tribunal Supremo hace referencia a jurisprudencia relacionada que refuerza su decisión, en particular a la Sentencia STS 1004/2023 de 14 de julio, en la que también se aplicó la doctrina de vinculación relativa entre jurisdicciones en casos de falsedad documental. A nivel europeo, se cita la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Saquetti c. España (2020), que refuerza el derecho a la revisión judicial efectiva cuando las sanciones administrativas tienen un impacto de naturaleza penal, subrayando así la importancia de la protección de los derechos de los contribuyentes en el marco de procedimientos que pueden afectar su situación legal y financiera.

 

IURISPREVEN Central

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