El Supremo establece que las ‘mobile-home’ son asimilables a casas prefabricadas
El Tribunal Supremo exige licencia urbanística para las ‘mobile-homes’
Naturaleza jurídica de las ‘mobile-homes’
El Tribunal Supremo de España ha tomado una decisión importante al resolver que las ‘mobile-homes’, que son comúnmente conocidas en el lenguaje cotidiano como casas móviles, deben ser clasificadas y consideradas legalmente como casas prefabricadas en el contexto de la regulación urbanística. Esta determinación se basa en el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, que establece que estas estructuras requieren una licencia urbanística debido al impacto que generan en el uso del suelo y en el entorno circundante. Este fallo es particularmente relevante en relación con la instalación de estas estructuras en terrenos que no han sido urbanizados, donde se busca garantizar la sostenibilidad y el respeto por el medio ambiente, elementos que son esenciales en la planificación urbana moderna.
Argumentos de la parte recurrente
La empresa Agrocamping, S.L., que es propietaria de un camping ubicado en Tarragona, presentó un recurso legal argumentando que las ‘mobile-homes’ debían ser tratadas como remolques, basándose en la definición que se encuentra en el Reglamento General de Vehículos. Según su interpretación, al ser consideradas como vehículos, no se requeriría una licencia urbanística para su instalación en el camping. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó esta interpretación, afirmando que el diseño y el uso principal de estas estructuras están orientados a servir como viviendas, aunque mantengan cierta movilidad. Esta decisión subraya la importancia de la clasificación adecuada de las estructuras en función de su uso real y no solo de su forma física.
Limitación de la licencia de actividad
La sentencia también señala de manera clara que la licencia de actividad que se ha obtenido para operar un camping no sustituye ni elimina la necesidad de obtener una licencia urbanística. Mientras que la licencia de actividad tiene como finalidad garantizar que la actividad económica que se desarrolla no cause molestias o perjuicios a los vecinos o al entorno, no evalúa el impacto urbanístico que puede tener la instalación de estructuras como las ‘mobile-homes’. Este criterio refuerza el papel fundamental de las normativas territoriales que son necesarias para regular el uso del suelo de manera adecuada y responsable.
Exclusión de la normativa de servicios
Agrocamping, S.L. también argumentó que la exigencia de una licencia urbanística vulneraba la Directiva de Servicios y la Ley 17/2009, que garantizan el libre acceso y ejercicio de actividades económicas en el país. Sin embargo, el Tribunal Supremo descartó esta alegación, señalando que estas normativas no afectan a los requisitos urbanísticos, ya que los mismos no están dirigidos específicamente a regular actividades económicas, sino que tienen como objetivo proteger el uso racional y sostenible del territorio. Esta aclaración es crucial para entender el equilibrio entre el desarrollo económico y la protección del medio ambiente.
Uso del suelo y transformaciones en terrenos no urbanizables
El Tribunal destacó que la instalación de ‘mobile-homes’ y bungalows que cuentan con servicios como agua, electricidad y desagüe implica una transformación del suelo que no puede llevarse a cabo sin la correspondiente autorización urbanística. Este uso intensivo del suelo va más allá de lo permitido en terrenos que no están urbanizados y, por lo tanto, requiere una evaluación específica que cumpla con los procedimientos de autorización establecidos. Según el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, cualquier alteración significativa del uso del suelo debe cumplir con los procedimientos de autorización correspondientes, lo que asegura que se respeten las normativas vigentes.
Implicaciones de la decisión
Esta sentencia tiene un impacto directo y significativo en la regulación de los campings y otras actividades turísticas que utilizan estructuras habitables como las ‘mobile-homes’. Los operadores de este tipo de negocios deberán asegurarse de cumplir con todas las normativas urbanísticas aplicables para evitar sanciones o la denegación de licencias que podrían afectar su operación. La decisión del Tribunal Supremo reafirma la obligación de obtener una licencia urbanística para la instalación de ‘mobile-homes’, incluso cuando estas se ubiquen en campings que ya cuentan con una licencia de actividad, lo que añade una capa adicional de responsabilidad para los propietarios y operadores de estos establecimientos.
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